Preguntas que te has hecho alguna vez, si eres autónomo

Un ticket es un comprobante que justifica un gasto realizado pero no válido como factura.

La factura es un documento que el vendedor entrega al comprador e incluye los siguientes datos: NIF y datos fiscales del comprador; NIF y datos fiscales del vendedor; número correlativo; fecha; detalle de conceptos facturados; tipo de IVA e IRPF aplicados en cada producto o servicio; total a pagar y forma de pago. Es un documento oficial que se contabiliza y tiene una finalidad tributaria.

Con un ticket no puedes deducirte el IVA, es decir, Hacienda no te lo devolverá como en el caso que presentes la factura, pero sí que podrás incluirlo como gasto resultante de tu actividad, si corresponde.

Cada 3 meses los autónomos deben presentar los siguientes modelos correspondiente a los impuestos que correspondan según actividad:

Declaración trimestral de IVA 

– Declaración trimestral de IRPF

-Declaración trimestral de retenciones e ingresos a cuenta: sólo si tienes trabajadores, contratas otros autónomos o posees algún alquiler

Puedes consultar todos los modelos en la Agencia Tributaria

No existe una recomendación directa. Puedes analizar los siguientes puntos, pero nuestra recomendación es que lo consultes con tu gestoría de confianza que, basado en tus datos, podrá recomendarte qué es mejor para tu situación.

  1. Responsabilidad: El empresario individual tiene una responsabilidad ilimitada y responde con su patrimonio personal, mientras que la SL es de responsabilidad limitada y por tanto sólo responde con el patrimonio de la sociedad.
  2. Constitución: Puedes darte de alta como autónomo en un único día mientras que para una sociedad necesitas un proceso que puede llevarte entre 5 y 21 días.
  3. Costes: el coste de tu gestoría si eres autónomo suele ser más bajo que el de las SL porque su contabilidad es más simple. Además, existe para el autónomo la Tarifa plana de 60. Tu gestoría podrá informarte sobre la aplicación de la bonificación de Tarifa Plana. 
  4. Aportación económica: Si eres autónomo no tienes que aportar nada. Si creas una SL tienes que aportar como mínimo un capital social de 3.000 euros que pueden ser desembolsados en bienes o en dinero. 

Impuestos: el autónomo tributa por IRPF, un impuesto progresivo frente al de impuestos de sociedades, que es un impuesto fijo. Tu gestoría de confianza es quien mejor puede orientarte en cuanto a impuestos.

Solo podrás desgravar aquellos gastos que sean exclusivos e individualizables de la actividad empresarial que realices.

Este es uno de esos casos en los que recomendamos que comentes con tu gestor para que te asesore, en función de tu actividad profesional.

Si estás dado de alta, debes presentar tu declaración trimestral de IVA, aunque no hayas tenido ingresos.

No. Existe la posibilidad de tributar por estimación directa, estimación directa simplificada y por módulos. Debido a su complejidad te recomendamos que te asesores. Tu gestoría de confianza puede ayudarte.

Puedes cambiar la base de cotización del 1 de enero al 31 de marzo, con efectos del cambio al 1 de abril siguiente. Y del 1 de abril al 30 de junio, con efecto del cambio al 1 de julio siguiente.

Recuerda que si cotizas por la base mínima tienes la ventaja de que la cuota es menor, pero en caso de desempleo, baja por incapacidad o jubilación, también vas a cobrar el mínimo.

El IAE es un impuesto que se aplica tanto a autónomos como a sociedades, por realizar una actividad empresarial, profesional o artística en territorio español. 

Si eres autónomo, dependiendo del epígrafe que te corresponda según tu actividad económica, se te incluirá en un régimen fiscal u otro. Para seleccionarlo, debes consultar en la página de Hacienda, y localizar el que más se adapta a tu trabajo o actividad.

Para el autónomo la Tarifa plana asciende a una cantidad de 67,54 €.

al mes durante los 12 primeros meses y el segundo año tienes bonificaciones del 50 y el 30%. Esta bonificación también es válida para el autónomo societario. Consulta a tu gestoría sobre los requisitos que tienes que cumplir.

Un autónomo societario es un trabajador autónomo que ha constituido una sociedad mercantil, es decir una empresa en cualquiera de sus formas jurídicas. Debes darte de alta como autónomo societario si cumples alguno de los siguientes supuestos:

. Tener al menos el 25% del capital de la empresa y ejecutar labores de director o gerente.

. Tener al menos el 50 % del capital y trabajar en la empresa. ( Con un 33 % tienen que tener funciones de dirección y gerencia)

. Trabajas en la empresa y convives con un familiar hasta 2º grado con un 50 % o mas de participaciones en la empresa.

Los documentos fiscales hay que guardarlos al menos cuatro años, a partir del día en que finaliza el plazo de presentación de la declaración.

-. Los gastos que puedes deducir tienen que estar vinculados a la actividad económica que realizas como autónomo. Específicamente es “aquel gasto que es necesario para la obtención del ingreso  “

– Todos tienen que estar justificados con su factura, aunque en alguna ocasión se acepta el ticket.

– Tienen que estar registrados en la contabilidad, es decir, en el libro de gastos y de bienes de inversión que obligatoriamente tienes que cumplimentar como autónomo.

Si tu actividad está sujeta al IVA, entonces el IVA repercutido es la cantidad correspondiente al impuesto que el autónomo incluye en la factura que emite a sus clientes, es el importe que se debería ‘ingresar’ a Hacienda. El IVA soportado es el importe del impuesto que aparece en las facturas de compras o gastos que soporta un autónomo en el ejercicio de su actividad. 

En resumen, el IVA que las empresas y autónomos deben ingresar en Hacienda es el resultado de la siguiente fórmula:

Ingreso en Hacienda cada trimestre = IVA Repercutido-IVA Soportado

Es recomendable contar con una buena gestoría de confianza porque te permite dejar en manos de expertos profesionales, que cuentan con la última información sobre las novedades fiscales, todos tus impuestos para ofrecerte la mejor recomendación para tu caso concreto. De esta forma, tú te puedes dedicar 100% a hacer crecer tu negocio y cuidar de tus clientes. 

Te recomendamos que elijas una gestoría que ofrezca un servicio personalizado y con buenas referencias. La asesoría debe ser cercana, conocerte a ti y a tu negocio. Y recuerda, una gestoría o asesoría fiscal también debe ofrecerte una buena atención al cliente (que eres tú).

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