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Fiscalidad para el 2022, datos a tener en cuenta por los autónomos

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La campaña de la Renta 2021 acaba de comenzar, y las dudas fiscales vuelven a estar sobre la mesa. Sin embargo, el resto del año también presenta distintas obligaciones tributarias para los trabajadores por cuenta propia. Para clarificarlas, en este artículo explicaremos varios datos que deben tener en cuenta los autónomos societarios.

¿Cuáles son las novedades para autónomos en 2022?

Este nuevo año llega cargado de varios cambios fiscales que debes conocer. En su mayoría, se trata de modificaciones en las obligaciones que debes asumir. Sin embargo, también hay varios aspectos que fueron alterados por sentencias judiciales y que te pueden beneficiar.

1. Subida en la cuota

La principal novedad de este año es la subida en la cuota mensual. El motivo es el aumento de las contingencias profesionales (del 1,1 % al 1,3 %) y del cese de actividad (del 0,8 % al 0,9 %). En consecuencia, deberán abonar de 286 a 294 euros mensuales, una subida de ocho euros.

2. Bonificaciones por ingresos adicionales

La tarifa plana para societarios no entró en vigor hasta el año 2020. Por este motivo, ahora pueden solicitar una compensación por los ingresos adicionales que han estado afrontando desde el año 2013. Esta se aplica a modo de descuento en las cuotas mensuales y se distribuye en tramos progresivos:

  • Durante los primeros 12 meses: un 80 %.
  • Entre los meses 12 y 18: un 50 %.
  • Entre los meses 18 y 24: un 30 %.

No hay que olvidar que, en 2020, el Tribunal Supremo emitió un dictamen histórico. De esta forma, afirmaron que no se podía impedir a los societarios un derecho que correspondía a todos los autónomos. La clave estaba en la tarifa plana, que pasaba a extenderse con efectos retroactivos.

3. Deducciones en las aportaciones al plan de pensiones

Los autónomos percibirán una menor deducción en sus aportaciones a los planes de pensiones. Habitualmente, el límite era de 2000 euros, pero se reducirá hasta los 1500 euros. De igual modo, podrán seguir compatibilizando el cobro de la jubilación con su actividad, pero ya no podrán hacerlo los societarios.

3. Pagos en efectivo

Es uno de los cambios impositivos más relevantes, ya que tiene el objetivo de evitar los pagos no declarados. Hasta ahora, el límite para pagos en efectivo a empresarios y autónomos era de 2500 euros. Sin embargo, la Ley Antifraude, aprobada a finales del año pasado, reduce el monto máximo a 1000 euros.

4. Cambio en las bases de cotización

La horquilla de cotización se ha visto modificada en un 1,7 % adicional. De esta forma, la mínima ascenderá a los 960,60 euros mensuales, mientras que la máxima lo hará hasta los 4139,40 euros. Por otro lado, las cuotas pasarán de suponer el 30,3 % de dicha base a reflejar el 30,6 %.

5. Impuesto sobre la Renta de No Residentes

Los autónomos no residentes en España que ejerzan su actividad económica en este país tendrán una novedad añadida. En este sentido, se les aplicará la base impositiva mínima del Impuesto de Sociedades. Para ello, hay un requisito indispensable, y es que deben tener un establecimiento permanente en el territorio nacional.

6. Impuesto de Actividades Económicas

Con el objetivo de optimizar el sistema de tributación, se ha creado una nueva categoría en el IAE. Esta englobará a profesionales que antes no disponían de grupo propio, como los profesionales de las TIC (tecnologías de la información y comunicación) o los del sector de la prensa.

Como has podido ver, los autónomos se enfrentan a un panorama relativamente diferente este año. Lo más importante es contar con asesoramiento profesional para evitar sanciones o reclamaciones. Es fundamental que hagas valer tus derechos, sobre todo después de las distintas leyes y sentencias judiciales que hemos comentado.