Nuevo plan general contable, ¿lo conocen las gestorías?

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Con el fin de equiparar la normativa española a la europea y aumentar la confianza depositada en las gestorías mediante una mayor transparencia, el Consejo de Ministros impulsó a principios de año una nueva Reforma Contable mediante la aprobación de dos Reales Decretos.

El primero de ellos busca poner en desarrollo la ley 22/2015 de Auditorías de Cuentas, la cual suponía la modificación del sector auditor español, mientras que el segundo persigue un nuevo plan general contable que se diferencie de aquel que deparó el Real Decreto 1514/2007. A continuación te informamos de algunos de los cambios que traen consigo: 

Nuevo plan general contable

Empezamos con el segundo de los Reales Decretos, que como hemos aclarado, quiere darle un giro de 180º al Plan General de Contabilidad. Si bien en 2018 el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) publicó un Proyecto de Real Decreto que finalmente no llegó a buen puerto, dos años y medio después ya es posible incorporar las normas internacionales “NIIF-UE 9” y “NIIF-UE 15”, publicadas por la Unión Europea. Sin embargo, estas no solo resultan imprescindibles para que la regulación patria coincida con Bruselas, sino también con los preceptos financieros del resto del mundo, estipulados por el International Accounting Standards Board. 

Cambios efectuados

Entre las novedades de 2021 encontramos las siguientes:

  1. Clasificación de Instrumentos Financieros en solo tres categorías en vez de las seis de antaño.
  2. Nueva definición para Coberturas Contables.
  3. Revisión del concepto de Valor Razonable.
  4. Aclaración de los criterios para el reconocimiento de ingresos.
  5. Cambios en los cuadros de la memoria de las Cuentas Anuales

¿A quiénes afecta?

A priori, las gestorías que suelen trabajar con pymes y/o entidades financieras no tienen que estar al tanto del nuevo plan general contable. En el caso de las primeras, las pequeñas y medianas empresas de nuestro país disfrutan de un modelo mucho más sintetizado en lo que a la presentación de informes se refiere, por ejemplo. Mientras que, en el de las segundas, el Banco de España se encargó de elaborar en el pasado un marco contable individualizado.

No ocurre lo mismo con las grandes empresas nacionales, cuyas Cuentas Anuales dependen en gran medida de las variaciones en los Instrumentos Financieros y los Ingresos, de las que son y han sido responsables las diversas transformaciones a las que se ha visto sometido el Plan General de Contabilidad desde que se tienen registros.

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Reforma del reglamente de auditoria-gestorias

 

 

Reforma del Reglamento de Auditoría

Tal y como sucedió con el PGC, tampoco ha podido llevarse a cabo una metamorfosis a todos los efectos del sector de la Auditoría hasta comienzos de este mismo año, coincidiendo con los citados Reales Decretos y la consiguiente Reforma Contable.

Los objetivos de la misma no son otros que los siguientes:

  1. Dotar a los auditores de una mayor autonomía mediante mecanismos que ayuden a evitar los conflictos de intereses y, a su vez, garanticen la independencia de sus puestos laborales, como lo es utilizar un software de gestión para gestorías.
  2. Limitar la dependencia económica de los auditores.
  3. Mayor transparencia a través de la emisión anual de un informe cuando el auditor colabore con una empresa de interés público y la publicación de los resultados obtenidos en las inspecciones que le realice el ICAC.
  4. Estipular los requisitos, requerimientos y formalidades a cumplir por los profesionales del sector.

En definitiva, el nuevo plan general contable busca mejorar la confianza depositada por terceros en el papel que desempeñan las gestorías, aunque las pymes y las entidades financieras a las que realizan servicios no se vayan a ver afectadas por él. De igual manera, persigue equilibrar la normativa española con la europea y, a última instancia, con la internacional.